Nacionales

Banco Popular recuerda a organizaciones sociales proceso de inscripción ante Sugef

  • Deben inscribirse, entre otros, las asociaciones solidaristas, cooperativas de ahorro y crédito no supervisadas y las cooperativas de servicios múltiples que no son supervisadas como entidades financieras y otorgan facilidades crediticias.
Rodolfo Bolaños U/noticias@periodicomitierra.com |
Banco Popular recuerda a organizaciones sociales proceso de inscripción ante Sugef

En su compromiso permanente de apoyar la gestión que realizan las organizaciones sociales del país, el Conglomerado Financiero Banco Popular recuerda que el próximo 29 de febrero vence el plazo del periodo de inscripción que dichas instancias deben efectuar como sujetos obligados ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

Este proceso se estableció mediante una reforma al Reglamento para la inscripción y desinscripción ante la Superintendencia de los sujetos obligados que realizan alguna o algunas de las actividades descritas en los artículos 15 y 15 bis de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

La legislación determina expresamente el deber de inscripción ante la Sugef de las asociaciones solidaristas, las cooperativas de ahorro y crédito no supervisadas y las cooperativas de servicios múltiples que no son supervisadas como entidades financieras y otorgan facilidades crediticias.

De igual forma, tienen el deber de inscripción las personas físicas o jurídicas que otorguen cualquier tipo de facilidad crediticia (créditos personales y de consumo, crédito para compra de bienes inscribibles ante el Registro, arrendamiento de bienes con opción de compra, factoreo) de forma organizada y habitual, que operen con cuentas en entidades financieras supervisadas por alguna de las superintendencias adscritas al Conassif.

Para efectos del Reglamento, no se consideran facilidades crediticias las ventas de productos finales, insumos o materias primas, enseres (tales como utensilios, muebles, electrodomésticos, entre otros), equipos de cómputo, planes vacacionales, planes funerarios, servicios de salud, facilidades para planes estudiantiles, entre otros, donde el comprador recibe el bien o servicio y lo paga de forma diferida en el futuro.

Cabe recalcar que esta obligatoriedad de inscripción no aplica para las personas físicas o jurídicas que presten estos servicios crediticios y que tengan una transaccionalidad promedio mensual durante los últimos doce meses igual o inferior a los $5.000, o su equivalente en otras monedas, dentro del sistema financiero, así como y aquellas asociaciones solidaristas que exclusivamente tengan créditos activos con sus asociados.

La inscripción debe realizarse, a más tardar el próximo 29 de febrero, a través de del Sistema de Inscripción de Personas Obligadas (IPO), disponible en la siguiente dirección electrónica: https://www.sugefdirecto.sugef.fi.cr

Última actualización: 12/02/2024