Política

Auditoria advierte a Concejo Municipal sobre creación de nuevas plazas por servicios especiales

Contraloría General de la República improbó nueve plazas bajo la modalidad de servicios especiales del presupuesto ordinario 2024

Administración municipal insiste ahora con la creación de cinco nuevas plazas, pero no cumple con el artículo N° 46 de la Ley Marco de Empleo Público

Rodolfo Bolaños U/noticias@periodicomitierra.com |
Auditoria advierte a Concejo Municipal sobre creación de nuevas plazas por servicios especiales

A pesar de que la Contraloría General de la República improbó nueve plazas bajo la modalidad de servicios especiales, la Alcaldía vuelve a insistir ante el Concejo Municipal para crear cinco de esas plazas ya rechazadas desde el 21 de diciembre por el ente contralor por el incumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo N° 46 de la Ley Marco de Empleo Público N° 10159.

Ante la consulta realizada por la Comisión de Gobierno y Administración del Concejo Municipal, mediante el oficio AI-MG-ADV-001-2024 firmado por Álvaro Lizano, auditor interino, advierte a los regidores que, para la creación de plazas bajo la modalidad de Servicios Especiales, sólo se puede si son de carácter temporal y deben cumplir sin excepción y a cabalidad con lo establecido en el artículo N° 46 de la Ley Marco de Empleo Público.

La Alcaldía pretende que le aprueben un asistente administrativo para el departamento jurídico, un ingeniero para Control Constructivo, un asistente y técnico para Tecnologías de la Información y un gestor de control interno para la Alcaldía.

De acuerdo al artículo N° 46 de la Ley Marco de Empleo Público sólo se puede contratar bajo la modalidad de servicios profesionales cuando se realicen labores extraordinarias, labores justificadas en procesos productivos temporales, labores que requieran determinadas destrezas físicas, cognitivas o afines requeridas para actividades específicas y labores originadas por la atención de emergencias o fuerza mayor.

La Ley indica que no procederá la contratación temporal de servidores públicos para la atención de actividades ordinarias como pretende la administración municipal.

La auditoría señala que los contratos de servicios especiales que se encuentran dentro de los contratos por obra o plazo determinado, responden a una determinada necesidad y que se extinguen una vez cumplidos el objeto o plazo señalados en el contrato, por lo que no se pueden estar perpetuando en el tiempo.

Agrega, además, que desde hace varios años el ente Procurador ha sido claro, en que perpetuar o mantener en el tiempo a un funcionario en plazas de servicios especiales resulta en ilegal y que, en caso de requerir la municipalidad, funcionarios para desempeñar funciones permanentes debe seguir el procedimiento establecido en el Código Municipal para emplear un servidor regular.

Última actualización: 24/01/2024