Municipalidad se expone a demandas de solicitar código QR para la iluminación del árbol de navidad
El Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea suspendió temporalmente la aplicación del código QR
Según las nuevas medidas del Ministerio de Salud anunciadas para aplicarse del 1 de diciembre al 7 de enero, las actividades culturales sin solicitud del QR, sólo pueden tener un aforo del 20%, con distanciamiento de 1.8 metros y en burbuja social.
La Municipalidad de Grecia no debe ni obligatoria, ni voluntariamente, solicitar el código QR, ya que existe una medida cautelar por parte del Tribunal Contencioso Administrativo.
El ayuntamiento tiene programado para el día de hoy, a las 7:00 de la noche, la iluminación del árbol de navidad en el boulevard del parque.
Según anuncia la municipalidad en su perfil de Facebook, podrán ingresar 200 personas a la actividad navideña, pero solicitarán de forma voluntaria el código QR.
La mediada cautelar obliga a las instituciones públicas a suspender la solicitud del código QR.
Según las nuevas medidas del Ministerio de Salud anunciadas para aplicarse del 1 de diciembre al 7 de enero, las actividades culturales sin solicitud del QR, sólo pueden tener un aforo del 20%, con distanciamiento de 1.8 metros y en burbuja social.
El Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea suspendió temporalmente la aplicación del código QR que había anunciado el Gobierno de Costa Rica para verificar esquemas de vacunación completos contra la COVID-19 en el país.
En el documento, el juez indicó que: “En consecuencia, se admite la presente solicitud cautelar, por lo que SE ORDENA LA SUSPENSIÓN INMEDIATA de los efectos de la resolución del Ministerio de Salud MS-DM-8119-2021 del 14 de octubre del 2021, únicamente en tanto ordena la demostración de un esquema de vacunación a través de un código QR, el cual se dispuso como de verificación obligatoria tanto para los establecimientos comerciales señalados en la resolución indicada, como para los particulares o usuarios de los mismos”.
Dado que el código QR es un requisito obligatorio dado a conocer mediante el comunicado de Casa Presidencial número CP-1273-2021 de fecha 22 de octubre del 2021, el juez dispuso, de forma precautoria, ordenarle al Presidente de la República, al Ministro de Salud, al Ministro de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, a la Caja Costarricense de Seguro Social y al Instituto Costarricense de Electricidad, “que se abstengan de realizar cualquier conducta tendiente a la implementación del Código QR, a nivel comercial, social, laboral, turístico, recreativo y/o cualquier otro, hasta tanto no sea resuelto por el fondo el presente asunto, con el fin de resguardar la tutela judicial cautelar adoptada en la presente resolución”, indica el documento firmado por el juez tramitador Alex Rojas Ortega.
Última actualización: 06/12/2021








