Política

Patronos tienen que otorgar tiempo para que colaboradores voten

Aplica también para personas que integren las juntas receptoras de votos

Sin reducción salarial, según Códigos de Trabajo y Electoral.

Redacción/noticias@periodicomitierra.com |
Patronos tienen que otorgar tiempo para que  colaboradores voten

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda que es obligación de todo patrono conceder a los trabajadores el tiempo necesario, sin reducción de salario, para el ejercicio del voto el próximo 3 de abril, fecha en que se celebrará la segunda ronda electoral, para elegir la Presidencia y Vicepresidencias de la República.

Esta disposición está contemplada en el Código de Trabajo (artículo 69, inciso j) y el Código Electoral (artículo 292), que establece las sanciones correspondientes para los patronos que incumplan esta disposición.

El TSE también recuerda que ningún patrono podrá practicar rebajas salariales a los trabajadores que se ausenten para colaborar como integrantes de mesa en cualquier junta receptora de votos (pronunciamiento existente en resolución del TSE n.° 1404-E-2002).

 

Última actualización: 21/03/2022